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Guía para el vendedor

Preguntas frecuentes que surgen a la hora de vender una propiedad, te ayudamos a darles respuesta

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¿Quiero vender, qué documentación necesito?

Quiero vender, ¿qué documentación necesito?

¿Quiero vender, qué documentación necesito?

Para poner la propiedad en venta:

  • Escritura de compraventa o título de propiedad
  • Último recibo del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles)
  • Certificado de Eficiencia Energética (nosotros podemos organizarlo)
  • Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, en caso de que la propiedad sea obra  nueva

Para formalizar la compra-venta:

  • DNI o NIE
  • Nota simple actualizada (nosotros la solicitamos)
  • Últimos 4 recibos de IBI o certificado del Ayto. confirmando que estás al dia de pagos.
  • Últimos recibos de suministros (agua, luz, etc...)
  • Certificado de estar al corriente de pago de la comunidad (si aplica)
  • Si hay hipoteca, el certificado de saldo cero o de la deuda pendiente.

Para poner la propiedad en venta:

  • Escritura de compraventa o título de propiedad
  • Último recibo del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles)
  • Certificado de Eficiencia Energética (nosotros podemos organizarlo)
  • Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, en caso de que la propiedad sea obra nueva.

Para formalizar la compra-venta:

  • DNI o NIE
  • Nota simple actualizada (nosotros la solicitamos)
  • Últimos 4 recibos de IBI o certificado del Ayto. confirmando que estás al dia de pagos.
  • Últimos recibos de suministros (agua, luz, etc...)
  • Certificado de estar al corriente de pago de la comunidad (si aplica)
  • Si hay hipoteca, el certificado de saldo cero o de la deuda pendiente.

Para poner la propiedad en venta:

  • Escritura de compraventa o título de propiedad
  • Último recibo del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles)
  • Certificado de Eficiencia Energética (nosotros podemos organizarlo)
  • Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, en caso de que la propiedad sea obra  nueva

Para formalizar la compra-venta:

  • DNI o NIE
  • Nota simple actualizada (nosotros la solicitamos)
  • Últimos 4 recibos de IBI o certificado del Ayto. confirmando que estás al dia de pagos.
  • Últimos recibos de suministros (agua, luz, etc...)
  • Certificado de estar al corriente de pago de la comunidad (si aplica)
  • Si hay hipoteca, el certificado de saldo cero o de la deuda pendiente.

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¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética "CEE"?

Es un documento obligatorio para vender o alquilar una vivienda. Indica cuánta energía consume tu casa y qué eficiencia tiene, similar a la etiqueta energética de los electrodomésticos. Este certificado lo emite un técnico autorizado tras visitar la vivienda, y tiene una validez de 5 o 10 años, según la calificación.

Sin este certificado, no se puede formalizar la venta ni publicitar legalmente la propiedad. Si no lo tiene, no te preocupes, nosotros te ayudamos a gestionarlo.

Es un documento obligatorio para vender o alquilar una vivienda. Indica cuánta energía consume tu casa y qué eficiencia tiene, similar a la etiqueta energética de los electrodomésticos. Este certificado lo emite un técnico autorizado tras visitar la vivienda, y tiene una validez de 5 o 10 años, según la calificación. 

Sin este certificado, no se puede formalizar la venta ni publicitar legalmente la propiedad. Si no lo tienes, no te preocupes, nosotros te ayudamos a gestionarlo.

Es un documento obligatorio para vender o alquilar una vivienda. Indica cuánta energía consume tu casa y qué eficiencia tiene, similar a la etiqueta energética de los electrodomésticos. Este certificado lo emite un técnico autorizado tras visitar la vivienda, y tiene una validez de 5 o 10 años, según la calificación.

Sin este certificado, no se puede formalizar la venta ni publicitar legalmente la propiedad. Si no lo tiene, no te preocupes, nosotros te ayudamos a gestionarlo.

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Gastos que me corresponden como vendedor

  • Plusvalía municipal: Este impuesto lo cobra el Ayuntamiento y corresponde a la ganancia obtenida por el incremento del valor del terreno en el que se encuentra la propiedad. El monto varía según el municipio y el tiempo que hayas sido propietario de la vivienda.
  • Certificado de eficiencia energética: Su coste depende del tamaño y las características de la vivienda.
  • Gastos de notaría y registro: Si tienes una hipoteca pendiente y se cancela en el momento de la venta, los gastos notariales y de registro asociados a la cancelación del préstamo hipotecario correrán por tu cuenta.
  • Gastos de la agencia inmobiliaria: Los honorarios suelen ser un porcentaje del precio de venta de la propiedad.
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF): Si obtienes una ganancia por la venta de la propiedad, deberás pagar impuestos sobre esa ganancia, que se calcula en función del incremento del valor de la vivienda.
  • Plusvalía municipal: Este impuesto lo cobra el Ayuntamiento y corresponde a la ganancia obtenida por el incremento del valor del terreno en el que se encuentra la propiedad. El monto varía según el municipio y el tiempo que hayas sido propietario de la vivienda.
  • Certificado de eficiencia energética: Su coste depende del tamaño y las características de la vivienda.
  • Gastos de notaría y registro: Si tienes una hipoteca pendiente y se cancela en el momento de la venta, los gastos notariales y de registro asociados a la cancelación del préstamo hipotecario correrán por tu cuenta.
  • Gastos de la agencia inmobiliaria: Los honorarios suelen ser un porcentaje del precio de venta de la propiedad.
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF): Si obtienes una ganancia por la venta de la propiedad, deberás pagar impuestos sobre esa ganancia, que se calcula en función del incremento del valor de la vivienda.
  • Plusvalía municipal: Este impuesto lo cobra el Ayuntamiento y corresponde a la ganancia obtenida por el incremento del valor del terreno en el que se encuentra la propiedad. El monto varía según el municipio y el tiempo que hayas sido propietario de la vivienda.
  • Certificado de eficiencia energética: Su coste depende del tamaño y las características de la vivienda.
  • Gastos de notaría y registro: Si tienes una hipoteca pendiente y se cancela en el momento de la venta, los gastos notariales y de registro asociados a la cancelación del préstamo hipotecario correrán por tu cuenta.
  • Gastos de la agencia inmobiliaria: Los honorarios suelen ser un porcentaje del precio de venta de la propiedad.
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF): Si obtienes una ganancia por la venta de la propiedad, deberás pagar impuestos sobre esa ganancia, que se calcula en función del incremento del valor de la vivienda.

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¿Por qué trabajar con un agente / asesor inmobiliario?

Trabajar con un Agente o Asesor Inmobiliario te ofrece varias ventajas importantes:

  • Conocimiento del mercado: tienen un conocimiento profundo del mercado local, lo que te ayudará a tomar decisiones informadas sobre precios, zonas y tendencias.
  • Red de contactos: suelen tener una amplia red de contactos.
  • Negociación experta: son expertos en negociar precios y condiciones.
  • Ahorro de tiempo: se encargan de todas las gestiones, visitas, trámites y papeleo.
  • Asesoramiento legal y administrativo: conocen todos los requisitos legales y admnistrativos involucrados en la compra-venta, asegurando que todo el proceso sea legal y sin sorpresas.

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Vendedor no residente

Vendedor no residente

Vendedor no residente

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Además de los gastos mencionados en el apartado anterior, si eres un vendedor no residente en España, tienes otras obligaciones ficales y legales que debes cumplir cuando vendas una propiedad en el país:

  • Retención fiscal: como vendedor no residente, deberás afrontar una retención del 3% del precio de venta. Esta cantidad sae descontará al momento de la transacción y será entregada a la Agencia Tributaria Española (AEAT). El comprador está obligado a realizar esta retención y entregarla a la AEAT, aunque la responsabilidad última del pago recao sobre ti como vendedor.
  • Pago de Impuestos por la Ganancia Patrimonial: la ganancia patrimonial generada por la venta de la propiedad se grava con un tipo impositivo que varía dependiendo del importe de la ganancia obtenida. Se declara a través del modelo 210.

Además de los gastos mencionados en el apartado anterior, si eres un vendedor no residente en España, tienes otras obligaciones ficales y legales que debes cumplir cuando vendas una propiedad en el país:

  • Retención fiscal: como vendedor no residente, deberás afrontar una retención del 3% del precio de venta. Esta cantidad sae descontará al momento de la transacción y será entregada a la Agencia Tributaria Española (AEAT). El comprador está obligado a realizar esta retención y entregarla a la AEAT, aunque la responsabilidad última del pago recao sobre ti como vendedor.
  • Pago de Impuestos por la Ganancia Patrimonial: la ganancia patrimonial generada por la venta de la propiedad se grava con un tipo impositivo que varía dependiendo del importe de la ganancia obtenida. Se declara a través del modelo 210.

Además de los gastos mencionados en el apartado anterior, si eres un vendedor no residente en España, tienes otras obligaciones ficales y legales que debes cumplir cuando vendas una propiedad en el país:

  • Retención fiscal: como vendedor no residente, deberás afrontar una retención del 3% del precio de venta. Esta cantidad sae descontará al momento de la transacción y será entregada a la Agencia Tributaria Española (AEAT). El comprador está obligado a realizar esta retención y entregarla a la AEAT, aunque la responsabilidad última del pago recao sobre ti como vendedor.
  • Pago de Impuestos por la Ganancia Patrimonial: la ganancia patrimonial generada por la venta de la propiedad se grava con un tipo impositivo que varía dependiendo del importe de la ganancia obtenida. Se declara a través del modelo 210.

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¿Es necesaria la cédula de habitabilidad para vender mi vivienda?

Según la Ley de la Vivienda de les Illes Balears, la cédula de habitabilidad no es un requisito legal obligatorio para vender tu vivienda, si no se trata de obra nueva. Sin embargo, si no cuentas con este documento, es fundamental que se mencione explícitamente en el contrato o en la escritura de la venta. En otras comunidades autónomas, en cambio, sí es obligatorio presentar la cédula de habitabilidad para poder llevar a cabo la venta de la propiedad.

Estamos a tu disposición para cualquier duda o aclaración

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Ronda de S'Estancia,10, 07740 Es Mercadal

Tlfs (+34) 971154417 - (+34) 971376518 (+34) 649195398

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